Serbal Proyectos y Obras

SERBAL Ingeniería




SERBAL Ingeniería ofrece un servicio completo en cualquier tipo de obra, que incluye la gestión completa del proyecto desde la concepción de la idea y el diseño, hasta el desarrollo, ejecución y posterior legalización de la obra y su actividad.


SERBAL Ingeniería está integrada por una plantilla de Profesionales altamente cualificados.


 
 
 
Los principales servicios que ofrece SERBAL Ingeniería  son:
 

- Gestión de Proyectos.

La Gerencia de Proyectos de Construcción actúa como intermediario entre dos partes, el propietario o inversionista de la obra, y los equipos de arquitectura e ingeniería (estructural, eléctrica, mecánica, etc.).

El objetivo de la Gestión de un Proyecto es la de integrar, administrar y coordinar los equipos de trabajo para aumentar el aprovechamiento de los recursos en los procesos con el fin de optimizar el tiempo, costo y calidad y obtener un proyecto rentable con una óptima operación.
 
En SERBAL Ingeniería ofrecemos servicios para evaluar, planificar, ejecutar, dar seguimiento y control a tu proyecto.

Los servicios que ofrecemos en la Gestión de Proyectos son:
  • Anteproyectos Arquitectónicos y de Ingenierías.
  • Análisis de costo-beneficio.
  • Coordinación e integración de servicios de ingeniería.
  • Supervisión de obra.
  • Consultoría y asesoría durante el desarrollo del proyecto.
  • Planificación y elaboración de estrategias para el desarrollo del proyecto y obra.
  • Gestión de procesos de calidad.
     
  • Los beneficios que genera la Gestión de Proyectos son:
  • Cumplimiento en tiempo de objetivos y metas.
  • Integración de equipos de trabajos.
  • Prevención y predicción de incidentes.
  • Mayor rentabilidad en la operación del inmueble.

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    - Topografía.

    La topografía es la técnica o el conjunto de procedimientos y principios que tiene como objetivo la representación gráfica de la superficie, sus formas y detalles, para conocer los niveles del terreno, es decir que regular es y si está enterrado o elevado con respecto a la vialidad.

    La topografía determina los procedimientos a seguir al inicio de los procesos de obra y supervisar una parte de la correcta ejecución durante el desarrollo de la misma, los métodos de cálculo y la representación de la superficie en un plano de conjunto para poder definir espacios.


    Todo proceso constructivo debe contar con un buen levantamiento topográfico. En SERBAL Ingeniería proveemos la información necesaria para el proyecto: ubicación de los límites de obra, los ejes desde los cuales se miden los elementos, el establecimiento de los niveles o altura de referencia, etc.

    Apoyamos las necesidades de nuestros clientes previa, durante y posteriormente a la obra.
    Plasmamos en los planos topográficos la realidad vista en campo de la superficie terrestre cuando se trata de un ámbito rural o natural, y la descripción de los hechos existentes como: muros, edificios, calles, etc. cuando se trata de un ámbito urbano.
     

    - Geotecnia.

    La Geotecnia consiste en la aplicación de los conocimientos y prácticas de la geología para la ejecución de cimentaciones para las obras de edificación e ingeniería.
     
    Esta ciencia estudia las características y propiedades mecánicas de suelos y rocas de las superficies del terreno donde se realizará el proyecto. El objetivo de esta rama es garantizar que los factores geológicos de la obras sean analizados e interpretados de forma correcta, para la realización y desarrollo de cualquier obra de construcción.
     
    Un estudio completo de Geotecnia debe tener las siguientes fases:
    Exploración de Campo: Reconocimiento visual del sitio, sondeos Superficiales: (Pozos a cielo abierto), y sondeos profundos (SPT, cono eléctrico, avance con broca tricónica, muestreo con tubo Shelby, obtención de núcleos de roca, etc.).

    Pruebas en sitio: Pruebas de placa de carga, pruebas de compactación etc.

    Estudios de Laboratorio: Determinación de propiedades índice y mecánicas de los diferentes tipos de suelo.

    Estudios de Gabinete: Análisis y recomendaciones de cimentaciones en base a la obtención de la capacidad de carga y los asentamientos que se presentarán en los diferentes tipos de cimentaciones (profundas y superficiales).

    Apoyados en el mejor equipo técnico, resolvemos los problemas de:

    • Estudios de capacidad de carga y análisis de asentamientos.
    • Análisis, diseño y procedimientos para reforzar suelos blandos.
    • Análisis, diseño y procedimientos constructivos para la estabilidad de excavaciones semiprofundas y profundas.
    • Análisis, diseño y procedimientos constructivos para la estabilidad de taludes y de muros de contención.
    • Diseño de pavimentos.

     

    -Cálculo de Estructuras e Instalaciones.

    La principal función de un diseño estructural es la de generar estabilidad en una estructura por medio del buen uso de los materiales y sus propiedades. La principal función de un diseño estructural es la de generar estabilidad en una estructura por medio del buen uso de los materiales y sus propiedades. Este cálculo depende también de la información fiable y útil de los estudios preliminares para poder determinar y garantizar la solidez de la construcción.


    La construcción y desarrollo de tu idea deben ser respaldadas, apoyadas y supervisadas por empresas que tengan el conocimiento y la experiencia para hacerla realidad. La estructura es la parte de la edificación encargada de garantizar la estabilidad de la construcción, debiéndose adaptar a la geometría global de la misma. La función primordial de un cálculo estructural es la de generar dicha estabilidad por medio del buen uso de los materiales y sus propiedades.


    El objetivo primordial de SERBAL Ingeniería en un cálculo estructural es el de generar la estabilidad de la construcción con la mayor economía, aprovechando al máximo la forma arquitectónica y las propiedades estructurales de los materiales. Las ventajas de SERBAL Ingeniería son:

    • Expertos en estructuras de grandes claros.
    • Obras más económicas y rápidas de construir.
    • Optimización en revisión estructural realizada por terceros.
    • Coordinadores de proyecto dedicados a ofrecer la mejor relación costo/beneficio.
    • Ingeniería de valor.
    • Asesoría desde el primer contacto.
    • Pre ingenierías para la toma de decisiones.
    • La utilización de sistemas novedosos:

      • Sistemas Prefabricados: Este sistema compone una de las técnicas más eficientes y de mayor velocidad para construir pisos y áreas útiles en superficies por encima del nivel del terreno, debido a que no utiliza cimbra y el tiempo de endurecimiento es menor, ya que está constituido por elementos estructurales que tienen la función de soportar las cargas de la misma losa.
      • Combinación de Sistemas Estructurales: Es la combinación de distintos elementos como: el hormigón, acero, mampostería, entre otros. Son utilizados para la formación de estructuras, que permiten que el comportamiento estructural sea adecuado a las disposiciones arquitectónicas que se requieren, Además de economizar el desarrollo del proyecto.

    Por otra parte, SERBAL Ingeniería también realiza revisiones estructurales. SERBAL INGENIERÍA genera informes para respaldar la seguridad estructural y/o detectar oportunamente las posibles fisuras o grietas que podrían poner en riesgo el inmueble.

    - Inspección Técnica de Edificios ITE.

    La Inspección Técnica de Edificaciones o inspección técnica de los edificios; más conocida por sus siglas ITE, es un control técnico al que deben someterse cada cierto tiempo los edificios en algunas ciudades españolas.

    La ITE es un tipo de mantenimiento legal
    preventivo, por el cual se somete periódicamente a los edificios a la revisión de una serie de elementos que afectan a la seguridad del inmueble y de las personas que lo habitan. Las ITE vienen reguladas por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio y por las distintas Ordenanzas Municipales, que determinan las condiciones para las inspecciones.

    SERBAL Ingeniería cuenta con los mejores profesionales que pone a su disposición, incluyendo dentro de su servicios:
    • Visita técnica al inmueble, en el que se inspeccionará de forma visual el edificio.
    • Redacción de Certificado ITE, Ficha Técnica de la Edificación, y un Informe complementario con toda la información relativa a la seguridad, utilización y ornato público de los edificios y que verifique la adecuación de los mismos.
    • Tramitación del Acta de Inspección ITE ante el Ayuntamiento.
    • Contestación de cualquier requerimiento municipal durante el periodo de tramitación del expediente que sea imputable al técnico inspector.
    • Presupuesto de las posibles incidencias a reparar detectadas por el técnico.
    • Supervisión y seguimiento de la obras.
    • Expedición del Certificado de Idoneidad Técnica de las Obras ejecutadas, y presentación del mismo en el Ayuntamiento.
     
    Normativa
     
    El Real Decreto-ley 8/2011 establece lo siguiente en relación con las ITE:
     
    "Artículo 21. Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios.
    1. Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera, deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación, y que cumpla, como mínimo, los siguientes requisitos:
    a) Evaluar la adecuación de estos inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato.
    b) Determinar las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible, y el tiempo señalado al efecto.
    2. Las actuaciones contenidas en este artículo se aplicarán en la forma, plazos y condiciones que regulen las Comunidades Autónomas. Los Municipios podrán establecer sus propias actuaciones en el marco de los mínimos estatales y autonómicos.
     
    3. Las inspecciones realizadas por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderán su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes.
     
    Artículo 22. Efectos de la inspección.
    Cuando de la inspección realizada resulten deficiencias, la eficacia del documento acreditativo de la misma, a los efectos de justificar el cumplimiento del deber legal de conservación a que se refiere el artículo 9 de la Ley de Suelo, quedará condicionada a la certificación de la realización efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, y en el tiempo señalado al efecto.
     
    Disposición adicional tercera. Aplicación de la inspección técnica de edificios obligatoria.
     
    Las determinaciones contenidas en este Real Decreto-ley relativas a la inspección técnica de edificios sólo serán aplicables en los municipios con población superior a veinticinco mil habitantes salvo que las Comunidades Autónomas fijen otros estándares poblacionales y en aquéllos que las Administraciones incluyan en las áreas o los entornos metropolitanos que delimiten. Las Comunidades Autónomas, cuando las circunstancias lo aconsejen, podrán disponer la aplicación de las determinaciones relativas a la inspección técnica de edificios a municipios no comprendidos en el apartado anterior, y en dicho caso, establecer excepciones del cumplimiento de la misma a determinados edificios según su tipología o su uso predominante.
     
    Disposición final tercera. Entrada en vigor.
    Este Real Decreto-ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de lo dispuesto en el artículo 21, en relación con la inspección técnica de edificios, que entrará en vigor al año de su publicación."
     
    Al margen de los establecido por el citado Decreto-ley, las distintas ordenanzas establecen la periodicidad mínima con la que los edificios deben pasar la ITE, que varían según la ciudad y la antigüedad del inmueble.
     
    Asimismo, establecen que la obligación de realizar la ITE corresponde al/los propietario/s del edificio, quienes deberán contratar a un técnico independiente o entidad de inspección técnica homologada, a fin de que emita un informe, en el que establezca el estado de conservación del mismo, y si es preciso, o no, realizar obras de conservación/rehabilitación.
     
    Elementos revisados en la ITE

    Dependiendo de las normativas locales, pueden ser susceptibles de revisión distintos elementos del inmueble, destacando:
    • Cimentación y estructura.
    • Fachadas y medianeras.
    • Estanqueidad y cubiertas.
    • Instalaciones generales (generalmente fontanería y saneamiento).
    • Otros elementos que afecten a la seguridad, salubridad u ornato público.
    El resultado de la inspección será favorable cuando el edificio o construcción reúna las siguientes condiciones:
    • Seguridad, para que no implique riesgo para las personas y bienes. Asimismo, deberán ser reparadas las fachadas (interiores, exteriores y medianeras) y otros elementos cuyo estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas, tales como chimeneas, falsos techos, cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales o de acabado.
    • Salubridad, de forma que no atente contra la higiene y la salud pública, por lo que se deberán realizar las obras necesarias para que no se produzcan filtraciones de agua a través de la fachada, cubierta o del terreno, y se deberá mantener en buen estado de funcionamiento las redes generales de fontanería y saneamiento.
    • Ornato público y decoro, de modo que la fachada de los edificios y construcciones no afecte a la imagen urbana.

    Características específicas de la ciudad de Madrid:
    Según la normativa de la ciudad de Madrid, que entrará en vigor en 2012, las inspecciones incorporarán también:
    • Accesibilidad de los accesos, escaleras, pavimentos, barandillas, pasamanos, elementos de señalización y comunicación sensorial (braille, altorrelieves, bucle magnético, etc.), ascensores existentes y demás elementos de comunicación horizontal o vertical del edificio o construcción.
    • Comportamiento térmico del edificio. Sin embargo, el contenido de esta información servirá para el establecimiento de medidas de fomento de la eficiencia energética de las edificaciones, sin que tenga efecto para el resultado, favorable o desfavorable, de la inspección.
    Consecuencias de la no realización de la ITE
     
    Si transcurrido el plazo para presentar el acta de inspección técnica, el obligado no hubiera realizado la inspección, el órgano competente le ordenará la realización de la misma, otorgándole un plazo adicional para presentarla, con advertencia, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas, ejecución subsidiaria de la inspección técnica y la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
     
    La cuantía de estas sanciones, oscila entre los 1.000 y 6.000 euros, además del importe derivado de la ejecución subsidiaria de la inspección técnica a costa del obligado. Si hubiere oposición, de los propietarios o moradores, a la práctica de la inspección, se solicitará el correspondiente mandamiento judicial para la entrada y realización de la inspección técnica.
     
    Dictamen Favorable

    En el caso de que el edificio se encuentre en buenas condiciones, el resultado de la ITE será favorable y los propietarios no estarán obligados a hacer obra alguna. Deberá presentarse en el Ayuntamiento el acta favorable de inspección y un plano de situación, donde se definan gráficamente tanto los límites de la parcela, como las edificaciones y construcciones inspeccionadas. En algunos ayuntamientos, es posible adjuntar, a su vez, un informe técnico complementario.
     
    Examinada la documentación por parte de la Administración, el expediente será archivado hasta la siguiente inspección, que por norma general se realizará transcurridos 10 años. Además, se procederá a la anotación del edificio en el Registro de edificios y construcciones.
     
    Dictamen Desfavorable

    Si en la inspección del edificio resulta afectado alguno de los elementos que se analizan, el técnico reflejará en el informe/acta, el siguiente contenido:
     
    a) Descripción y localización de los desperfectos y deficiencias que afecten a la estructura y cimentación, a las fachadas, a las cubiertas y azoteas, a las redes generales de fontanería y saneamiento y a los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
    b) Descripción de sus posibles causas.
    c) Descripción de las medidas inmediatas de seguridad que se hayan adoptado para garantizar la seguridad de los ocupantes del edificio, vecinos, colindantes y transeúntes, en caso de ser necesarias.
    d) Descripción de las obras y trabajos recomendados que, de forma priorizada, se consideren necesarios para subsanar las deficiencias descritas en la letra a) y su plazo estimado de duración.
    e) Grado de ejecución y efectividad de las medidas adoptadas y de las obras realizadas para la subsanación de deficiencias descritas en las anteriores inspecciones técnicas del edificio.
    f) Determinar el sistema de accesibilidad mecánica sin su correspondiente inspección periódica reglamentaria.
     
    Una vez emitido el acta desfavorable de inspección y presentado en el ayuntamiento, los propietarios del inmueble deberán solicitar la correspondiente licencia municipal para acometer las obras de subsanación pertinentes. Si la solicitud de licencia no requiere de proyecto técnico, una vez terminadas las obras, se emitirá un certificado de idoneidad, firmado por un técnico competente, en el que se indique que se han subsanado los desperfectos, o en su defecto, un nuevo informe ITE con resultado positivo. En el caso de que las obras a acometer requiriesen de proyecto técnico, se deberá presentar el certificado final de obra, firmado por un técnico competente y visado en su correspondiente colegio profesional.
     
    En muchos municipios es posible beneficiarse de subvenciones para la realización de las obras de subsanación de las deficiencias encontradas, con aportes que oscilan, según la ubicación del inmueble y las condiciones económicas del propietario, entre un 10 y un 30% del presupuesto.
     
    Si no se ejecutasen las obras ordenadas, el Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución sustitutoria de las mismas, lo que habitualmente conlleva un importante sobrecoste respecto del coste de ejecución ordinario.
     

    - Peritaje Técnico, Valoraciones y Tasaciones.

    La valoración entendida como la opinión fundamentada de un experto independiente es siempre valiosa y especialmente necesaria cuando se trata de activos inmobiliarios. El mercado de estos bienes no es perfecto haciendo necesario que el tasador inmobiliario sea un profesional independiente con juicio y criterio exigentes.

    El mercado inmobiliario presenta una particularidad muy acusada: su sectorización tanto geográfica como funcional. Existen mercados locales con comportamientos diferentes, en función de su ubicación y de los usos que se consideren: vivienda de primera o segunda residencia, local comercial a pie de calle o en centros comerciales, oficinas, naves industriales, fincas rústicas... Esto hace más difícil el conocimiento de todas las situaciones de mercado que se generan, lo cual nuevamente exige una especialización sólo alcanzable por un profesional competente.
     
    Conocer el valor de un bien inmueble y disponer de un informe perfectamente argumentado y realizado por un equipo técnico independiente que incluye información sobre el valor del inmueble, sus características, entorno urbanístico, información registral, catastral, fotografías y plano, es el objetivo de este servicio de SERBAL Ingeniería.
     
    La garantía hipotecaria, el conocimiento del valor de mercado, de seguro, de inversión, fiscal y urbanístico, etc. son algunos de los objetivos principales de las valoraciones inmobiliarias.
     

    - Coordinación de Seguridad y Salud.

    El Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, describe la figura y las funciones del Coordinador de seguridad y salud.

    Básicamente, esta figura recae en un técnico designado por el promotor de la obra que cuenta con formación de Ingeniero, Ingeniero técnico o Arquitecto, Arquitecto técnico y formación en seguridad laboral.

    Su misión en la obra es fundamentalmente:

    a) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad: 

          1. Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
          2. Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.

     b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.

     c) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.

     d) Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     e) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

     f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.
     
    SERBAL Ingeniería tiene en su plantilla coordinadores de obra con una vasta experiencia tanto en distintas tipologías de obras como en tiempo de dedicación. SERBAL Ingeniería pone a disposición de su empresa un equipo humano en función de sus necesidades que abarca todo el proceso de una obra, desde la fase de proyecto hasta su finalización.

    SERBAL Ingeniería realiza cualquier tipo de documentación solicitada por el RD 1627/97 en el marco de sus responsabilidades, planes de seguridad en obras, seguimientos periódicos, etc. Las actuaciones de SERBAL Ingeniería como coordinadores de obra son garantía de índices de siniestralidad inferiores a la media sobre obras de similares características, gracias a dos factores:
    • Técnicos cualificados y con experiencia adecuada.
    • Tiempo de dedicación superior a la media que el mercado ofrece para obras similares.
    Por todo ello invitamos a cualquier empresa a conocer nuestros servicios en esta materia, cuyo correcto diseño, desarrollo e implantación son imprescindibles para la buena gestión de una empresa:
    • Apoyo en todas las actividades afectadas por el RD-1627/1997, sobre seguridad y salud en obras.
    • Elaboración de estudios y planes de seguridad y salud.
    • Coordinación en fase de proyecto y en fase de ejecución.

     

    - Dirección y Ejecución de obras.

    El director de obra es uno de los agentes que participa en el proceso de construcción de un proyecto. Sus obligaciones son las siguientes:
    • Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión (las personas jurídicas deben designar un técnico competente y capacitado para ser director de obra).
    • Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno.
    • Resolver las contingencias que se produzcan en la realización de la obra y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
    • Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, modificaciones al proyecto exigidas por la marcha de la obra, siempre que se ajusten a las disposiciones normativas de aplicación.
    • Suscribir el acta de replanteo o de inicio y el certificado final de obra.
    • Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
    • Conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
     
    En la fase de construcción propiamente dicha existe un gran número de elementos que requieren ser supervisados y coordinados. SERBAL Ingeniería posee técnicos cualificados, que asumen estas tareas con gran profesionalidad, para garantizar la puntualidad en el cumplimiento de los plazos.

    Los servicios que SERBAL Ingeniería ofrece son los siguientes:
    • Supervisión de la ejecución de la obra y del cumplimiento del calendario, de los planes de ejecución y de la normativa aplicable.
    • Coordinación de las partes implicadas en la supervisión (staff).
    • Coordinación del diario de la obra y supervisión del programa.
    • Establecimiento de directivas de mantenimiento de la obra.
    • Establecimiento y aplicación de las normas de funcionamiento con la colaboración de todas las partes implicadas, con especial atención a la definición, planificación y control de cantidades.
    • Solicitud de permisos especiales a las autoridades y aplicación.
    • Comprobación de facturas.
    • Listado de los plazos a cumplir.
    • Transferencia de responsabilidades, incluyendo recopilación y transmisión de la documentación necesaria.
     
     
     
    Ofrecemos garantías al cliente final, estableciendo un contrato legal marcando las pautas sobre el desarrollo de los trabajos a realizar, garantizando su ejecución por escrito.

     Realizamos Presupuestos sin coste alguno.